POLITICAS DE RADICACION DE PQRS

PROCEDIMIENTO PARA RADICACIÓN DE PQRS

Atendiendo a lo establecido en la Ley 1755 de 2015, le informamos que cualquier petición, queja, reclamo, sugerencia deberá ser remitida a los siguientes canales de comunicación:

Una vez enviada su petición, queja, reclamo o sugerencia le será informado un número de radicado con el cual se identificará su caso. Este le será informado en un término máximo de dos (2) días.

Después de radicada su petición, le será enviada la respuesta de acuerdo con los siguientes términos de respuesta:

  • Término general: quince (15) días hábiles.
  • Información o documentos: diez (10) días hábiles.

Los términos anteriormente mencionados podrán ser prorrogados informando al peticionario la razón de la prórroga y el término por el cual se prorrogan los tiempos de respuesta.

 

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